Juez federal suspende la reforma que elimina 13 fideicomisos del Poder Judicial
- GCE MULTIMEDIOS
- 27 nov 2023
- 2 Min. de lectura

Un juez suspendió la entrada en vigor de la reforma con la que fueron eliminados 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, que representan recursos por 15 mil millones de pesos.
El juez Décimo Segundo de Distrito en Chihuahua, Juan Fernando Luévano Ovalle, ordenó frenar temporalmente la transferencia de dichos recursos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Tesorería de la Federación (Tesofe).
El amparo fue presentado por María del Carmen Cordero Martínez, magistrada del Primer Tribunal Colegiado en materias Civil y de Trabajo de Chihuahua, contra el decreto de extinción de los fideicomisos.
“Que la Secretaría Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Tesorería de la Federación o aquella que atendiendo a su respectiva competencia tenga intervención en la administración, operación y disposición de los recursos de los fideicomisos antes precisados, deben realizar lo siguiente:
“Se abstengan de aplicar las consecuencias y efectos de la disposición reclamada contenidas en el Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”, señaló el juzgador.

El juez Luévano también ordenó que los fideicomisos sigan operando de manera regular y para la finalidad para la cual fueron creados.
“Se abstengan de cancelar o extinguir los fideicomisos y se garantice su continuación, operación y administración del objeto por el cual fueron creados tales fideicomisos creados por el Consejo de la Judicatura Federal, en cumplimiento a las reglas de operación de cada uno de ellos.
“Suspendan de forma inmediata la entrega y/o transferencia de los recursos de todos aquellos fideicomisos celebrados por el Consejo de la Judicatura Federal, así como sus remanentes, productos y aprovechamientos derivados de los mismos, a cualquier autoridad dependiente del Ejecutivo federal o de las propias entidades fiduciarias, salvo de aquellas facultadas para la administración y disposición de los recursos de cada uno de ellos para su operación”.

Comments